Guía

De oficina a vivienda

El uso característico del edificio cambia quién puede firmar el proyecto y qué normativa aplica.

Convertir una oficina no es lo mismo que convertir un bajo comercial, y la diferencia no es de superficie: es de uso característico del edificio.

La regla que casi nadie mira

Madrid lo dice con claridad:

La transformación en vivienda de locales incluidos en un edificio de uso exclusivo no residencial no será posible, salvo que el cambio de uso afecte a la totalidad del edificio.

Traducido: una oficina suelta en un edificio de oficinas no se convierte. El edificio entero, sí. Eso convierte la operación en una de promotor, no de particular.

En cambio, una oficina en un edificio residencial —que las hay, muchas, en plantas primeras— sí entra en el régimen general de transformación de locales.

El régimen especial de la Comunidad de Madrid

La Ley 3/2024 de la Comunidad de Madrid abrió una vía específica: permite cambiar el uso de suelo y edificios de oficinas a vivienda protegida en alquiler sin necesidad de modificar el planeamiento. El Ayuntamiento de Madrid acordó su aplicación en el término municipal en noviembre de 2024, y la Comunidad amplió la vigencia dos años más en noviembre de 2025.

Es una ventana temporal y con contrapartida: la vivienda resultante queda sujeta a régimen de protección, con precio y adjudicatario limitados.

Es la misma lógica que en Bilbao, donde la vivienda que sale de un local queda calificada como protegida tasada municipal. Conviene tenerlo en el cálculo desde el principio, porque cambia el valor de salida.

Quién firma el proyecto

Aquí hay una confusión extendida que conviene aclarar. La sentencia del Tribunal Supremo 700/2026, de 4 de junio, reserva al arquitecto superior el proyecto de cambio de uso a vivienda, pero solo cuando el uso característico del edificio es comercial o industrial.

En edificios residenciales, el arquitecto técnico sigue siendo competente. En edificios de oficinas, la calificación del uso característico determina la respuesta, y merece verificarse caso por caso.

Lo demás, igual

Superada esa capa, las exigencias son las mismas que en cualquier cambio de uso: altura libre, superficie mínima, ventilación e iluminación y trámite municipal.

¿Se puede convertir una oficina en vivienda?

Sí, pero el régimen es distinto al de un local comercial en planta baja. La Comunidad de Madrid aprobó en 2024 una ley que permite cambiar suelo y edificios de oficinas a vivienda protegida en alquiler sin modificar el planeamiento, y la amplió dos años más en noviembre de 2025.

¿Quién puede firmar el proyecto?

Aquí importa el uso característico del edificio. La sentencia del Tribunal Supremo 700/2026 reserva al arquitecto el proyecto de cambio de uso a vivienda cuando el edificio es de uso comercial o industrial. En un edificio de oficinas conviene verificarlo caso por caso.

¿Puedo convertir una sola oficina de un edificio de oficinas?

En Madrid capital no, salvo que el cambio afecte a la totalidad del edificio: las normas urbanísticas lo dicen expresamente para edificios de uso exclusivo no residencial.

Última revisión: 2026-09-07.

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