Valencia

Cambio de uso de local a vivienda en Tavernes de la Valldigna

En Tavernes de la Valldigna las Normas Urbanísticas del PGOU reservan las plantas sótano y semisótano exclusivamente al uso de aparcamiento, por lo que no cabe convertirlas en vivienda. En los edificios que alcancen el número máximo de plantas permitido en la Zona Residencial del Núcleo Histórico, debe construirse un mínimo del 60% de plazas de aparcamiento respecto al número de viviendas. Fuera de estas reglas rige la Orden DC-09 sobre condiciones de diseño y calidad.

Tavernes de la Valldigna Permitido con condiciones
Superficie mínima
30 La superficie útil interior de la vivienda será 30 m².
Altura libre mínima
2.5 En la vivienda la altura libre mínima será de 2,50 m, admitiéndose descuelgues hasta 2,20 m, con ocupación en planta de cada recinto de hasta el 10% de su superficie útil.
Ventilación e iluminación
Al menos el 30% de la superficie útil debe iluminarse por huecos a vía pública, patio de manzana o patio tipo I Al menos el 30%, de la superficie útil interior de la vivienda se iluminará a través de huecos que recaigan directamente a la vía pública, al patio de manzana o a los patios del tipo I.
Piezas bajo rasante
Las plantas sótano y semisótano solo pueden destinarse a aparcamiento, no a vivienda Las plantas sótanos y semisótanos solo podrán destinarse al uso de aparcamiento.
Plaza de aparcamiento
Mínimo del 60% de plazas de aparcamiento respecto al número de viviendas en edificios que alcancen el número máximo de plantas permitido en la Zona Residencial del Núcleo Histórico deberá construirse un número de aparcamientos tal que cumpla como mínimo la proporción del 60 % de plazas de aparcamientos respecto al número de viviendas.

De dónde sale esto

  • Orden de 7 de diciembre de 2009 de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, condiciones de diseño y calidad (DC-09) DOGV núm. 6168, de 18 de diciembre de 2009 , en vigor desde el 2010-04-07 Descargar el documento
  • Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Tavernes de la Valldigna, Norma 18 (Zona Residencial Núcleo Histórico Población), Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento Urbanístico en vigor desde el 2004-07-29 Descargar el documento

La normativa urbanística cambia. Última revisión: 2026-09-07.

Además de lo que exige Tavernes de la Valldigna, se aplican las condiciones de habitabilidad de Comunitat Valenciana.

Estos requisitos son los de Tavernes de la Valldigna. Para el criterio común a toda España, mira los requisitos que tiene que cumplir un local para ser vivienda, y para comparar la facilidad de Tavernes de la Valldigna con la de otros municipios, el índice de facilidad por municipio.

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