Valencia

Cambio de uso de local a vivienda en Silla

Las Normas Urbanísticas de Silla, aprobadas definitivamente el 16 de abril de 2003, admiten expresamente viviendas en planta baja en la Zona de Centro Histórico y en la de Ensanche de Casco, donde el uso residencial plurifamiliar es dominante y las actividades recreativas ceden ante la vivienda. El uso residencial está prohibido en la Zona de Terciario y en la Zona Industrial, salvo la vivienda de vigilancia. En plantas de sótano no cabe ninguna pieza habitable, y la reserva de aparcamiento se exige a la vivienda de nueva construcción, no expresamente al cambio de uso de un local existente. Se aplican además las condiciones de habitabilidad autonómicas de la DC-09.

Silla Permitido con condiciones
Uso residencial en planta baja
permitido en la Zona de Centro Histórico y en la de Ensanche de Casco, donde el residencial plurifamiliar puede ocupar también la planta baja Residencial plurifamiliar. Rpf. Este uso es una variante del uso global residencial. Se admite en edificio exclusivo, con todas las plantas por encima de la baja destinadas a vivienda (pudiendo también ubicarse viviendas en planta baja).
Zonas excluidas
Zona de Terciario y Zona Industrial, donde el uso Residencial está expresamente prohibido salvo la vivienda de vigilancia Se prohiben expresamente los siguientes usos: a) Residencial (R), excepto viviendas destinadas al personal encargado de la vigilancia y conservación, con un máximo de 1 vivienda por industria.
Piezas bajo rasante
No Piezas habitables en plantas bajo rasante. En plantas de sótano no podrán instalarse piezas habitables.
Plaza de aparcamiento
1 plaza por vivienda en promociones de más de cuatro viviendas de nueva construcción; hasta cuatro viviendas, 1 plaza por cada dos Se reservará como mínimo una plaza de aparcamiento por cada vivienda de nueva construcción, siempre que se trate de promociones de más de cuatro viviendas. Y hasta cuatro viviendas, una plaza de aparcamiento por cada dos viviendas.
Superficie mínima
30 La superficie útil interior de la vivienda será 30 m².
Altura libre mínima
2.5 En la vivienda la altura libre mínima será de 2,50 m, admitiéndose descuelgues hasta 2,20 m, con ocupación en planta de cada recinto de hasta el 10% de su superficie útil.
Ventilación e iluminación
Al menos el 30% de la superficie útil debe iluminarse por huecos a vía pública, patio de manzana o patio tipo I Al menos el 30%, de la superficie útil interior de la vivienda se iluminará a través de huecos que recaigan directamente a la vía pública, al patio de manzana o a los patios del tipo I.

De dónde sale esto

  • Homologación Global Modificativa del Plan General de Ordenación Urbana de Silla, Normas Urbanísticas (aprobación definitiva por la Comisión Territorial de Urbanismo en sesión de 16 de abril de 2003, expediente 2002/0646). Art. 5.47 sobre piezas habitables bajo rasante, art. 5.94 sobre dotación de aparcamiento, arts. 6.5 y 6.6 sobre la Zona de Centro Histórico, art. 6.66 sobre la Zona de Terciario y art. 6.70 sobre la Zona Industrial en vigor desde el 2003-04-16 Descargar el documento
  • Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento Urbanístico de la Generalitat Valenciana, expediente del municipio de Silla (46230) Consultar la fuente oficial
  • Orden de 7 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se aprueban las condiciones de diseño y calidad en edificios de vivienda y en edificios para alojamiento (DC-09) DOGV núm. 6168 , en vigor desde el 2010-01-18 Descargar el documento

La normativa urbanística cambia. Última revisión: 2026-09-07.

Además de lo que exige Silla, se aplican las condiciones de habitabilidad de Comunitat Valenciana.

Estos requisitos son los de Silla. Para el criterio común a toda España, mira los requisitos que tiene que cumplir un local para ser vivienda, y para comparar la facilidad de Silla con la de otros municipios, el índice de facilidad por municipio.

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