Habitabilidad

Condiciones de habitabilidad en País Vasco

El País Vasco exige 35 m² útiles y 2,50 m de altura libre, con la posibilidad excepcional de bajar a 25 m² si el edificio aporta equipamientos comunes. No usa cédula de habitabilidad, sino declaración de inhabitabilidad.

Superficie útil mínima
35 m²La superficie útil mínima de la vivienda será de 35 m2, pudiendo excepcionalmente reducirse a 25 m2 cuando el edificio en el que esté integrada cuente con todas las condiciones de equipamiento expresadas en el punto I-C.2 de este Anexo.
Altura libre mínima
2,50 mLa altura libre mínima entre suelo y techo acabados en el interior de la vivienda será de 2,50 m pudiendo reducirse excepcionalmente según lo expresado en el punto I-B.4.4.
Programa mínimo
Estancia para estar, cocinar y comer; espacio compartimentable para dormir; aseo completo; espacio exterior; y espacios para lavar y tenderLa vivienda, como mínimo, será apta para su ocupación habitual por dos personas y constará de una estancia donde se puedan ordenar los espacios para los usos básicos de estar, cocinar, comer, un espacio compartimentable para dormir, otro espacio compartimentado para aseo completo y un espacio exterior.
Iluminación y ventilación
Los espacios de estar, comer, cocinar y dormir necesitan huecos de iluminación al exteriorLos espacios que se destinan a estar, comer, cocinar y dormir, con la posible excepción únicamente del acceso, aseo, despensa y trastero, dispondrán de huecos de iluminación al exterior.
Patios
Superficie mínima de 12 m² si ilumina dormitorios y 9 m² si ilumina cocinala superficie del patio que ilumine y ventile espacios para dormir o cocinar será como mínimo de 12 y 9 m2
Cédula de habitabilidad
No existeLa declaración de inhabitabilidad es el acto administrativo en virtud del cual se acredita que una vivienda no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad.

De dónde sale esto

  • Decreto 80/2022, de 28 de junio, de regulación de las condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco BOPV núm. 168 Descargar el documento

La normativa cambia. Última revisión: 2026-09-07.

Qué condiciones de habitabilidad exige el País Vasco

El País Vasco regula las condiciones mínimas con el Decreto 80/2022, de 28 de junio. Se publicó en el BOPV núm. 168 el 1 de septiembre de 2022 y está en vigor desde el 30 de noviembre de 2022. Para cambiar un local a vivienda, esta es la referencia autonómica. La norma fija superficie útil mínima de 35 m². Excepcionalmente puede bajar a 25 m² si el edificio donde se integra cumple las condiciones de equipamiento del punto I-C.2 del anexo.

La altura libre mínima entre suelo y techo acabados en el interior de la vivienda es de 2,50 m. Puede reducirse excepcionalmente según el punto I-B.4.4. El programa mínimo debe ser apto para la ocupación habitual por dos personas. Necesita una estancia donde se puedan ordenar los usos básicos de estar, cocinar y comer, un espacio compartimentable para dormir, otro espacio compartimentado para aseo completo y un espacio exterior. También necesita espacios para lavar y tender.

Ventilación e iluminación. Los espacios que se destinan a estar, comer, cocinar y dormir dispondrán de huecos de iluminación al exterior. Solo se exceptúan el acceso, el aseo, la despensa y el trastero. Si usas un patio para iluminar y ventilar, su superficie mínima es de 12 m² si ilumina espacios para dormir y de 9 m² si ilumina espacios para cocinar.

Cédula de habitabilidad: qué se exige en País Vasco

En País Vasco no se usa cédula de habitabilidad. La norma no la plantea como el documento que tienes que obtener. La figura que aparece es la declaración de inhabitabilidad. Es el acto administrativo en virtud del cual se acredita que una vivienda no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad. No es un certificado positivo de que el local ya sirve como vivienda.

Para tu cambio de uso de local a vivienda, no pidas una cédula de habitabilidad como en otras comunidades. Lo que tienes que mirar es si el resultado cumple las condiciones mínimas del Decreto 80/2022. La declaración de inhabitabilidad aparece cuando se acredita que una vivienda no reúne esas condiciones. Esa es la figura que recoge la normativa.

Cómo encaja la norma autonómica con lo que pida tu ayuntamiento

El Decreto 80/2022 es autonómico. Marca condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño para viviendas y alojamientos dotacionales en País Vasco. Tu ayuntamiento tiene su planeamiento y sus ordenanzas. La norma autonómica no te exime de comprobar lo que exija el municipio para el cambio de uso. No des por hecho que con cumplir solo el decreto ya está todo resuelto.

La norma autonómica fija las condiciones mínimas de habitabilidad. Lo que pida tu ayuntamiento no viene en este decreto. Tienes que consultarlo en el ayuntamiento y en su planeamiento. No des por hecho que el ayuntamiento pida lo mismo ni que no pida nada: eso se comprueba en el expediente concreto. Antes de comprar o reformar, separa las dos capas.

Primera capa: cumples las condiciones del Decreto 80/2022 sobre superficie útil, altura libre, programa mínimo, ventilación e iluminación. Segunda capa: compruebas las condiciones municipales que afecten a tu local. El decreto no las enumera. Por eso no vale con leer solo la norma autonómica. Pide en el ayuntamiento la información que necesites sobre tu local y revisa el expediente antes de tomar una decisión.

Qué comprobar en tu local antes de comprar o reformar

Mide la superficie útil. La mínima es de 35 m². Si quieres acogerte a la excepción de 25 m², el edificio en el que esté integrada la vivienda debe contar con todas las condiciones de equipamiento del punto I-C.2 del anexo. No basta con que el local sea pequeño: la excepción depende del edificio. Comprueba también la altura libre entre suelo y techo acabados: el mínimo es 2,50 m, salvo la reducción excepcional del punto I-B.4.4.

Revisa el programa. Necesitas una estancia donde se puedan ordenar los usos básicos de estar, cocinar y comer. Un espacio compartimentable para dormir. Otro espacio compartimentado para aseo completo. Un espacio exterior. Y espacios para lavar y tender. La vivienda debe ser apta, como mínimo, para su ocupación habitual por dos personas. Si el local no permite esa distribución, no cumple.

Mira la ventilación y la iluminación. Los espacios que se destinan a estar, comer, cocinar y dormir deben disponer de huecos de iluminación al exterior. Solo se exceptúan el acceso, el aseo, la despensa y el trastero. Si dependes de un patio, su superficie mínima es de 12 m² si ilumina espacios para dormir y de 9 m² si ilumina espacios para cocinar. Si no hay huecos al exterior, el cambio de uso se complica.

Preguntas frecuentes sobre habitabilidad en País Vasco

¿Cuántos metros cuadrados mínimos necesita un local para ser vivienda en País Vasco?

La superficie útil mínima es de 35 m². Excepcionalmente puede reducirse a 25 m² si el edificio en el que está integrada cuenta con todas las condiciones de equipamiento del punto I-C.2 del anexo. No es una rebaja automática por ser un local pequeño. Tienes que comprobar el edificio y el expediente concreto.

¿Hace falta cédula de habitabilidad en País Vasco para cambiar un local a vivienda?

En País Vasco no se usa cédula de habitabilidad. La figura que aparece en la normativa es la declaración de inhabitabilidad. Es el acto administrativo que acredita que una vivienda no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad. Así que no busques una cédula como en otras comunidades. Céntrate en cumplir el Decreto 80/2022.

¿Qué altura libre mínima tiene que tener un local para convertirlo en vivienda?

La altura libre mínima entre suelo y techo acabados en el interior de la vivienda es de 2,50 m. La norma permite reducirla excepcionalmente según lo expresado en el punto I-B.4.4. Mide en el local real, no sobre planos antiguos. Si tienes dudas, revisa el anexo y el expediente concreto.

¿Puedo hacer un estudio de 25 m² en País Vasco si el edificio tiene equipamientos comunes?

Solo si el edificio en el que está integrada la vivienda cuenta con todas las condiciones de equipamiento del punto I-C.2 del anexo. La reducción excepcional a 25 m² no depende de que el local te guste o de que tenga acceso a un equipamiento común cualquiera. Tiene que cumplir esas condiciones. Compruébalo antes de comprar.

¿Qué pasa si mi local no tiene ventanas al exterior o patio?

Los espacios que se destinan a estar, comer, cocinar y dormir deben disponer de huecos de iluminación al exterior. Solo se exceptúan el acceso, el aseo, la despensa y el trastero. Si dependes de un patio, la superficie mínima es de 12 m² si ilumina espacios para dormir y de 9 m² si ilumina espacios para cocinar. Sin huecos al exterior, el cambio de uso no encaja.

Municipios de País Vasco con ficha propia: Bilbao.

La habitabilidad autonómica es solo una capa. Repasa también los requisitos que descartan un local de entrada.

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