Habitabilidad

Condiciones de habitabilidad en La Rioja

La Rioja exige 30 m² útiles y 2,40 m de altura libre, con 2,20 m admitidos en vestíbulos, pasillos, aseos y cocinas. La cédula de habitabilidad sigue siendo obligatoria.

Superficie útil mínima
30 m²La superficie útil mínima de la vivienda será de 30 m2.
Altura libre mínima
2,40 mViviendas. Altura libre mínima: 2,40 m. En vestíbulos, pasillos, aseos y cocinas la altura libre mínima podrá ser de 2,20 m.
Programa mínimo
Una habitación para estar, comer y cocinar, un baño completo y un dormitorioToda vivienda constará, como mínimo, de una habitación para estar, comer y cocinar, un cuarto de baño compuesto por bañera o ducha, inodoro y lavabo, y un dormitorio, salvo en el caso de vivienda-estudio en la que el dormitorio podrá estar incorporado a la sala de estar.
Iluminación y ventilación
Huecos de al menos el 10% de la superficie en planta, con mínimo de 0,70 m², y ventanas practicables al menos en un 50%La superficie de los huecos de iluminación será al menos el 10 % de la superficie en planta de los recintos correspondientes, con un mínimo de 0,70 m2. Las ventanas serán practicables al menos en un 50% de la superficie mínima de iluminación.
Cédula de habitabilidad
ObligatoriaToda vivienda deberá disponer de cédula de habitabilidad en vigor expedido por la Dirección General competente.

De dónde sale esto

  • Decreto 28/2013, de 13 de septiembre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en La Rioja BOR núm. 117, de 18 de septiembre de 2013 Descargar el documento

La normativa cambia. Última revisión: 2026-09-07.

Municipios de La Rioja con ficha propia: Logroño.

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