Habitabilidad
Condiciones de habitabilidad en La Rioja
La Rioja exige 30 m² útiles y 2,40 m de altura libre, con 2,20 m admitidos en vestíbulos, pasillos, aseos y cocinas. La cédula de habitabilidad sigue siendo obligatoria.
- Superficie útil mínima
- 30 m²
La superficie útil mínima de la vivienda será de 30 m2.
- Altura libre mínima
- 2,40 m
Viviendas. Altura libre mínima: 2,40 m. En vestíbulos, pasillos, aseos y cocinas la altura libre mínima podrá ser de 2,20 m.
- Programa mínimo
- Una habitación para estar, comer y cocinar, un baño completo y un dormitorio
Toda vivienda constará, como mínimo, de una habitación para estar, comer y cocinar, un cuarto de baño compuesto por bañera o ducha, inodoro y lavabo, y un dormitorio, salvo en el caso de vivienda-estudio en la que el dormitorio podrá estar incorporado a la sala de estar.
- Iluminación y ventilación
- Huecos de al menos el 10% de la superficie en planta, con mínimo de 0,70 m², y ventanas practicables al menos en un 50%
La superficie de los huecos de iluminación será al menos el 10 % de la superficie en planta de los recintos correspondientes, con un mínimo de 0,70 m2. Las ventanas serán practicables al menos en un 50% de la superficie mínima de iluminación.
- Cédula de habitabilidad
- Obligatoria
Toda vivienda deberá disponer de cédula de habitabilidad en vigor expedido por la Dirección General competente.
De dónde sale esto
- Decreto 28/2013, de 13 de septiembre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en La Rioja Descargar el documento
La normativa cambia. Última revisión: 2026-09-07.
Municipios de La Rioja con ficha propia: Logroño.
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